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Alimentos con Denominación de Origen

Conoce las diferencias entre Denominación de Origen Protegida e Indicación Geográfica Protegida

Son diversos los distintivos de Calidad Certificada que podemos encontrar en el etiquetados de productos alimentarios. Entre ellos destacan los que hacen referencia a su origen como garantía de calidad. Alimentos ligados a un medio geográfico en particular, tanto por factores naturales como por el saber hacer de sus gentes: la Denominación de Origen Protegida y la Indicación Geográfica Protegida

Como galones, algunos productos alimentarios muestran de forma destacada en su etiquetado determinados sellos y certificaciones que revelan su calidad a través de su procedencia. Nos cuentan que ese producto que hemos cogido del estante del supermercado es originario de una zona geográfica concreta, algo que le otorga una serie de características propias debido a factores naturales y/o al saber hacer de las gentes de esa tierra. Son lo que conocemos como denominaciones de origen y reconocemos como sinónimo de Calidad. 

La primera mención oficial al concepto de Denominación de Origen aparece en la tercera revisión del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, celebrada en La Haya en el año 1925.  Hubo que esperar a 1958, con la celebración del  Arreglo de Lisboa relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, para encontrar su primera definición: "la denominación geográfica de un país, una región o un lugar concretos que sirve para designar un producto originario de dicha zona y cuya calidad o características se deban exclusiva o esencialmente al medio geográfico, comprendidos los factores naturales y los factores humanos".

En España se establecieron dos categorías de certificación de Calidad de los productos alimentarios en función de su origen geográfico, la Denominación de Origen (DO) y la Denominación Específica (DE). Fue en el año 1992 cuando estas figuras quedaron establecidas a nivel europeo, a través del Reglamento (CEE)  2081/1992 del Consejo:

Denominación de Origen Protegida, DOP/PDO (equivalente a la antigua DO española)

Indicación Geográfica Protegida, IGP/PGI (equivalente a la antigua DE española)

Distintivos de Calidad Certificada DOP e IGP

Estas son las dos figuras de protección que se aplican en el ámbito europeo a los productos agroalimentarios en función de su origen geográfico. Ten en cuenta que esto no incluye a las bebidas espirituosas ni a los productos vitivinícolas (a excepción del vinagre de vino), que hemos dejado fuera de este artículo y para los que la Unión Europea establece otras certificaciones de calidad. La normativa UE también reconoce como figura de Calidad a la Especialidad Tradicional Garantizada, ETG, una certificación que no hace referencia al origen de los productos sino a su composición o modo de producción tradicionales, por lo que tampoco lo trataremos en este artículo.  

Diferencias entre DOP e IGP

Para ver las diferencias entre Denominación de Origen Protegida e Indicación Geográfica Protegida vamos a remitirnos a las definiciones actualmente vigentes, recogidas en el Artículo 5 del Reglamento (CE) 1151/2012:

1) Se  entenderá  por «denominación  de  origen»  un  nombre  que  identifica  un  producto originario de un lugar determinado, una región o, excepcionalmente, un país; cuya calidad o características se deben fundamental o exclusivamente a un medio geográfico particular, con los factores naturales y humanos inherentes a  él, y cuyas fases de producción tengan lugar en su totalidad en la zona geográfica definida.

2) Se entenderá por «indicación geográfica» un nombre que identifica un  producto originario de un lugar determinado, una región o un país, que posea  una cualidad determinada, una reputación u otra característica que pueda  esencialmente atribuirse a su origen geográfico, y de cuyas fases de producción,  una al menos tenga lugar en la zona geográfica definida.

Aunque en una primera lectura ambas definiciones pueden parecernos casi iguales, en ellas se recoge al menos una diferencia fundamental. Esta es la que establece la relación entre las distintas fases de producción y el ámbito geográfico: mientras que una DOP nos dice que el producto ha sido realizado completamente en el lugar indicado (producción, transformación y elaboración), la IGP sólo nos garantiza que ha sido así en al menos una de tres las fases de producción. Por tanto, podemos decir que todas las Denominaciones de Origen son además Indicaciones Geográficas Protegidas, pero no así a la inversa. 

¿Esto significa que un producto certificado bajo una DOP procede exclusivamente del área geográfica indicada? En el caso de las IGP ya hemos visto que no tiene por qué ser así. Pero además, si la Denominación de Origen está reconocida con anterioridad al 1 de mayo de 2004, pues tampoco. El mismo artículo de la norma comunitaria de 2012 del que hemos extraído las definiciones incluye un tercer punto por el que se permite a las DOP obtener "materia prima" de otros lugares, entendiendo como tal "animales vivos, carne y leche". Eso sí, estableciendo que la zona de producción de dichas materias primas "esté delimitada" y que "existan las condiciones específicas para su producción".  ¿Esto tiene que ser algo negativo? En un principio no, pero lo único absolutamente cierto es que, como consumidor, estás en todo tu derecho a saberlo.

Otras Certificaciones de Origen en España

Hasta ahora hemos hablado de los distintivos de Calidad reconocidos a nivel europeo, avalados y certificados por la propia UE. Pero los productos agroalimentarios españoles también pueden presentar otras certificaciones avaladas por su origen. Es el caso de los sellos de Calidad Certificada, de ámbito regional, que son expedidos y regulados por su correspondiente Comunidad Autónoma: ejemplos son la Marca Q de qualitat alimentària de Cataluña, Calidad Certificada de Andalucía, Marca C′alial de Aragón, Marcas CV de la C. Valenciana, o la Marca R.C. (Registrado y Certificado) de La Rioja. 

Podemos citar otras iniciativas de reconocimiento en origen llevadas a cabo por gobiernos regionales como el sello de identidad "Alimentos de Extremadura" o la marca "Tierra de Sabor", impulsada por el Gobierno de Castilla y León. Pero no sólo las instituciones públicas emiten sellos de calidad relacionados con el origen de productos agroalimentarios y pesqueros, también podemos encontrar en los etiquetados marcas impulsadas por asociaciones de productores que pueden hacer referencia a un producto específico de una comarca concreta, pero también a la producción alimentaria de toda una Comunidad Autónoma como Andalucía (este es el caso del sello "Landaluz", aunque impulsado y apoyado por el Gobierno regional). Un caso curioso es el del archiconocido distintivo "Plátano de Canarias": hasta hace muy poco tiempo se trataba de un sello de calidad impulsado y gestionado por los propios productores canarios (ASPROCAN). No fue hasta finales del pasado año 2013 cuando por fin se le concedió el reconocimiento de Indicación Geográfica Protegida, IGP.